El Gobierno nacional avanzará con un mecanismo para cancelar hasta $221.119,5 millones en deudas con empresas contratistas de obra pública mediante la entrega de títulos del Tesoro. La decisión fue formalizada a través de la Resolución Conjunta 59/2026 de las secretarías de Finanzas y Hacienda.
El esquema alcanza acreencias originadas en certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025. También incluye obligaciones pendientes derivadas de contratos de obra pública extinguidos desde 2024.
El punto central es que el Estado no cancelará esas obligaciones mediante un desembolso inmediato de efectivo, sino a través de una combinación de instrumentos de deuda pública con vencimientos entre octubre de este año y abril de 2027.
Cómo será el pago de los $221.119 millones
La operación se realizará mediante una canasta compuesta por tres instrumentos capitalizables en pesos. El 33% corresponderá a una Letra del Tesoro con vencimiento el 30 de octubre de 2026; otro 33%, a un Bono del Tesoro con vencimiento el 15 de enero de 2027; y el 34% restante, a otro bono que vence el 30 de abril de 2027.
En términos de valor nominal, las ampliaciones autorizadas alcanzan hasta $60.000 millones para la primera letra, $51.000 millones para el bono de enero y otros $60.000 millones para el título de abril, es decir, hasta $171.000 millones nominales. Sin embargo, los títulos serán entregados a su valor técnico y el cupo efectivo máximo para cancelar obligaciones quedó fijado en $221.119.509.519.
La operación será imputada a partidas del Ministerio de Economía destinadas a atender deudas de las secretarías de Transporte y Obras Públicas. Según la resolución, las emisiones se encuentran dentro de los límites de endeudamiento establecidos por el Presupuesto 2026.
Las empresas deberán aceptar los bonos y renunciar a reclamos
La adhesión al mecanismo no será automática. Las contratistas deberán aceptar expresamente recibir títulos públicos como forma de cancelación y firmar un acuerdo con el Estado para ingresar al Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública.
Ese acuerdo incluye una condición relevante: las empresas deberán desistir de reclamos administrativos o judiciales vinculados con los contratos incluidos en el régimen y renunciar a otros créditos o planteos económicos relacionados directa o indirectamente con esas obras.
El mecanismo había sido creado en julio con un cupo máximo precisamente de $221.119,5 millones y ahora el Ministerio de Economía avanzó con la ampliación de las emisiones necesarias para instrumentar los pagos.
Qué deudas busca cerrar el Gobierno
El régimen apunta a regularizar compromisos acumulados durante varios años con compañías que ejecutaron infraestructura para el Estado nacional. Incluye tanto obras todavía vinculadas a contratos vigentes como obligaciones surgidas de contratos que fueron extinguidos a partir de 2024.
En términos prácticos, el Estado convierte esas acreencias en títulos públicos y desplaza parte de los pagos hacia los vencimientos de los instrumentos utilizados. Para las contratistas que acepten, los bonos pasarán a representar la cancelación de los montos reconocidos bajo el régimen.
La Resolución Conjunta 59/2026 fija un tope global de $221.119,5 millones, por lo que la operatoria podrá utilizarse hasta agotar ese cupo.