Orrego envió el proyecto oficial de Ley de Desarrollo Local Minero a la Cámara de Diputados: el detalle

El Poder Ejecutivo provincial remitió a la Legislatura un proyecto que establece reglas para que los grandes proyectos mineros contraten trabajadores y proveedores locales. La norma fija metas progresivas de empleo y compras, crea un registro público de proveedores y prevé incentivos para las empresas que cumplan.

San Juan está ante la mayor oportunidad de desarrollo económico de su historia. Con compromisos de inversión bajo el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) que superan los USD 31.200 millones distribuidos en cinco proyectos mineros, y con cuatro de los siete yacimientos de cobre de clase mundial del país concentrados en su territorio, la provincia tiene los recursos para transformar su economía. La pregunta que esta ley responde es cómo hacer que esa transformación llegue también a Calingasta, a Iglesia, a Jáchal: a cada familia sanjuanina.

El Gobernador Marcelo Orrego, quien había comprometido el envío del proyecto, firmó hoy la iniciativa formal denominada “Ley para el Desarrollo Local Minero”. La norma establece que las empresas mineras y sus principales contratistas deben presentar Planes de Desarrollo de Empleo y de Proveedores con objetivos progresivos, crecientes y medibles, con reporte público de avance. No impone cupos obligatorios ni restricciones contrarias a la libre competencia: obliga a planificar, a medir y a rendir cuentas.

“La experiencia internacional demuestra que el impacto positivo de la minería no depende del volumen extraído, sino de la capacidad de transformar esa riqueza en empleo de calidad y desarrollo empresarial a largo plazo. Eso es exactamente lo que esta ley viene a garantizar: que San Juan tenga las reglas claras para que la riqueza mineral se quede, se multiplique y llegue a las familias", dijo Juan Pablo Perea, Ministro de Minería de San Juan.

El Ministro de la Producción, Gustavo Fernández, quien trabajó junto al Ministerio de Minería en la elaboración del proyecto, fue preciso al describir su alcance: la norma es, en sus palabras, una “mal llamada ley de proveedores”. “A nosotros también nos importa promover el empleo en general, que las propias compañías mineras y las propias contratistas empleen personas que residan en la provincia de San Juan”, explicó en declaraciones a medios especializados.

El proyecto se sostiene sobre tres ejes. El primero es el desarrollo del empleo local, con la meta de que el 80% de los trabajadores de cada operación minera sean residentes de San Juan, con prioridad para los departamentos de influencia directa. El segundo es el fortalecimiento de los proveedores locales, con un objetivo del 60% del monto anual de contrataciones orientado a empresas sanjuaninas. El tercer eje es menos visible pero igualmente sustantivo: la vinculación de las acciones voluntarias de las empresas con los planes estratégicos municipales, para que las inversiones en educación, salud e infraestructura no sean esfuerzos aislados sino parte del desarrollo planificado de cada departamento.

Un elemento central que distingue a esta ley de iniciativas anteriores es su apuesta por la previsibilidad. Las empresas mineras deberán publicar sus planes de demanda de bienes y servicios con cronogramas estimados de compras, de manera que un metalmánico de Jáchal, una empresa logística de Iglesia o un proveedor de Calingasta pueda saber con antelación qué va a necesitar la mina y prepararse para competir. El objetivo es que las empresas realicen un análisis de brechas de mercado para saber qué necesita la compañía y qué hay disponible en la provincia.

Puntos clave del proyecto

  • Planes de Desarrollo obligatorios: las empresas mineras y sus principales contratistas deberán presentar planes con metas progresivas de empleo y proveedores, actualizables cada dos años, con reporte periódico de cumplimiento.
  • Objetivo del 80% de trabajadores sanjuaninos: con prioridad para los departamentos de influencia directa del proyecto.
  • Objetivo del 60% de compras locales: sobre el monto total anual de adquisiciones de bienes, obras y servicios disponibles en condiciones competitivas de mercado. Las empresas deberán justificar técnicamente cuando no exista oferta local competitiva.
  • Creación del RE.PRO.MIN: un Registro de Proveedores Mineros de San Juan, público y digital, con requisitos de arraigo real (domicilio operativo, tributación local, 80% de personal sanjuanino). Solo las empresas inscriptas serán computadas dentro de las metas.
  • Premio al cumplimiento: las operadoras que alcancen simultáneamente el 80% de empleo y el 60% de compras locales recibirán un Certificado de Crédito Fiscal transferible, que podrá cederse a las pymes proveedoras mineras para cancelar impuestos provinciales.
  • Transparencia en contrataciones: procedimientos públicos tanto para la convocatoria de bienes y servicios como para la comunicación de adjudicaciones. La sociedad podrá verificar el desempeño de cada empresa.

El Estado como árbitro, no como promotor

La ley se fundamenta en una premisa institucional clara: la actividad minera metalífera no es cualquier actividad privada. Es una actividad que realiza un privado, pero explotando bajo un sistema de concesión un recurso que es del Estado provincial. Esa concesión de un bien público justifica que el Estado fije condiciones de retorno a la comunidad.

El Ministerio de Minería funcionará como Autoridad de Aplicación, asistido por un Consejo Consultivo público-privado y una Unidad Técnica Interministerial que auditará la trazabilidad de los planes y el valor agregado local real. Las omisiones en las declaraciones o el incumplimiento injustificado de las metas propuestas darán lugar a sanciones que van desde el apercibimiento hasta multas de hasta 60.000 Unidades Tributarias. La norma, al mismo tiempo, prevé que no se sancionará el incumplimiento de metas cuando la empresa demuestre haber realizado acciones de formación y capacitación y acredite la inexistencia de oferta local competitiva.

La iniciativa abroga la Ley 1208-M, que nunca fue implementada, y establece plazos de entre 60 y 90 días corridos desde su vigencia para que las empresas presenten sus planes iniciales. En la Cámara de Diputados existe una base de consenso transversal: el oficialismo confirmó tras reuniones con distintos bloques que la iniciativa contará con el apoyo necesario para su tratamiento.

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