"Quedate quieta, te voy a tocar si quiero": condena sin encierro por abusar de su hijastra
Si bien Fiscalía había pedido una condena de 9 años de prisión efectiva, un tribunal le impuso una pena de 3 años de ejecución condicional.
Si bien Fiscalía había pedido una condena de 9 años de prisión efectiva, un tribunal le impuso una pena de 3 años de ejecución condicional.
Un hombre fue condenado este viernes a 3 años de pisión condicional (sin encierro) por los abusos sexuales que cometió contra una hijastra.
El caso fue denunciado en la UFI Anivi el 6 de julio del 2021. Según la acusación, el sujeto (no identificado para proteger la identidad de la víctima) abusó sexualmente de manera reiterada de la menor hija de su pareja, con quien convivían en el domicilio de la madre del imputado.
Para la fiscal Valentina Bucciarelli (UFI Anivi) quedó acreditado que el sujeto aprovechó cada oportunidad en la que quedó a solas con la víctima a su cuidado, metiéndose en su cama mientras ella dormía y tocando sus partes íntimas desde que la niña tenía 9 años hasta sus 11 años de edad.
Para Fiscalía el hombre aprovechó la convivencia y su condición de superioridad y guarda. La niña manifestó que su padrastro la atacaba sexualmente cuando su madre se iba a trabajar y que le decía "quedate quieta, te voy a tocar si quiero".
En la audiencia de control de acusación (cuando la causa se elevó a juicio), el Ministerio Público Fiscal había manifestado que pretendía una condena de 14 años para el imputado, por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por su reiteración y agravado por la situación de guarda y convivencia.
Sin embargo, en el veredicto de culpabilidad dictado ayer, el tribunal compuesto por los jueces Alberto Caballero, Gema Guerrero y Matías Parrón resolvió modificar la calificación por la de abuso sexual simple reiterado agravado por la situación de guarda y convivencia, por lo que hoy Fiscaía, en el juicio de cesura, solicitó la imposición de una pena de 9 años de prision efectiva. El fallo finalmente fue una condena a 3 años de ejecución condicional.
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