El intento de hurto agravado por escalamiento en San Juan terminó con dos condenas efectivas con cárcel y un sobreseimiento. El hecho ocurrió el 24 de febrero de 2026, cuando tres hombres ingresaron a una vivienda tras trepar por los techos. La causa se resolvió en el marco del procedimiento especial de flagrancia.
De acuerdo a la investigación, el martes de la semana pasada, 24 de febrero, a las 9:31 horas, los acusados ingresaron a un domicilio ubicado en calle Libertador 590 (O), antes de Salta, tras escalar una pared hacia el techo.
Según consta en la causa, dos hombres fueron quienes treparon e ingresaron por la parte superior, mientras que otro permaneció en la puerta principal intentando abrir el acceso desde el frente. Una vez en el techo, descendieron hacia el fondo del inmueble y sustrajeron grifería, una escoba y otros efectos de una habitación sin llave, que colocaron en un balde para pasárselos al que esperaba afuera.
Además, en la terraza de un domicilio colindante, tomaron unas zapatillas de tela que se encontraban secándose.
Una vecina advirtió la maniobra y llamó al 911, lo que permitió que efectivos policiales que patrullaban la zona intervinieran de inmediato. El que recibía el botín, identificado como Claudio Zamora, fue aprehendido en el lugar con los objetos en su poder.
De los otros dos, el identificado como Alfredo Alejo intentó escapar por los techos y descendió hacia la zona de Libertador y Salta, en una parada de colectivos, donde finalmente fue detenido. En tanto, Luis Andrés Kappes cruzó por una medianera hacia el este e ingresó al local “WES Innovación y Tecnología”, por una puerta trasera, para luego salir por el acceso principal. Fue reconocido por una oficial y detenido en la intersección de Libertador y Santiago del Estero.
El damnificado reconoció los efectos secuestrados como de su propiedad.
Condenas, reincidencia y sobreseimiento
La causa avanzó mediante juicio abreviado. Para Luis Andrés Kappes se resolvió una pena de 1 año de prisión efectiva, con declaración de reincidencia y prisión preventiva. Además, se dispuso la unificación de pena en 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, también con declaración de reincidencia.
En el caso de Claudio Zamora, se acordó una condena de 1 año y 6 meses de prisión, en conexión con el legajo 14059/25.
Por su parte, respecto de Alfredo Alejo, el juez resolvió el sobreseimiento en los términos del artículo 356 inciso 5 del Código Procesal Penal, al considerar que se agotaron las tareas investigativas y que no existía razonablemente posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba que justificaran la apertura de juicio.