La Justicia de San Juan condenó a Erick Alexander Mallea Checoli a un mes de prisión de cumplimiento efectivo tras homologar un acuerdo de juicio abreviado por el delito de apología del delito, luego de que publicara en Facebook imágenes en las que se lo observaba exhibiendo un arma de fuego.
La causa se originó a partir de un informe elaborado por el oficial José Alanís, integrante de la UFI Genérica (Brigada de Investigación), quien durante tareas investigativas detectó publicaciones realizadas desde el perfil de Facebook "Erick Mallea".
En una de las imágenes, el ahora condenado aparecía empuñando un arma de fuego aparentemente calibre 9 milímetros, de color negro, acompañada por la frase: "acá activo con la 9" junto a un emoji. En otra fotografía se lo observaba sosteniendo la misma arma y, en la otra mano, un cargador con cartuchos calibre 9 milímetros.
Las tareas de investigación permitieron establecer que el hombre retratado era Erick Alexander Mallea Checoli, domiciliado en Villa Villicum, departamento Albardón.
Juicio abreviado y condena
Durante la audiencia, el juez Federico Rodríguez declaró la legalidad de la detención y tuvo por formalizada la investigación penal preparatoria. Posteriormente, hizo lugar al acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre las partes.
En consecuencia, Mallea Checoli fue condenado como autor del delito de apología del delito, previsto en el artículo 213 del Código Penal, a la pena de un mes de prisión de cumplimiento efectivo, además del pago de las costas del proceso.
El magistrado también ordenó la prisión preventiva del condenado hasta que la sentencia quede firme. En ese marco, dispuso que permanezca alojado inicialmente en la Comisaría 18ª de Albardón y luego sea trasladado al Servicio Penitenciario Provincial, donde cumplirá la condena una vez firme el fallo.
Asimismo, la resolución establece que el cómputo de la pena deberá realizarse desde el 3 de julio de 2026.
Además de la condena, el juez declaró la reincidencia de Erick Alexander Mallea Checoli conforme al artículo 50 del Código Penal, circunstancia que agrava su situación procesal ante futuras causas penales.