“Problemas familiares, descrédito social y espiritual”, fueron algunos de los padecimientos que esgrimió el intendente de Iglesia, Jorge Espejo, luego de que una exempleada municipal lo denunciara como el presunto autor de un abuso sexual. Un hecho que fue investigado y que la Justicia determinó que nunca existió, por lo que el jefe comunal fue sobreseído. El fallo resaltó que la “principal motivación” de la embestida de la mujer fue “a consecuencia de haber sido despedida”, por lo que Espejo remarcó que el móvil fue “laboral, político y económico”, además de que fue “instigada”. Por eso, contraatacó al presentar una falsa denuncia.
El planteo fue realizado por el abogado Nasser Uzair y su colega Ivana Salas en la Comisaría 22 de Iglesia y, el viernes pasado, hubo una ampliación en el Juzgado de Jáchal, sede de la Segunda Circunscripción Judicial. Luego de que fuera desligado en mayo del año pasado, el intendente había adelantado que acudiría a la Justicia para denunciar a la mujer, lo que finalmente concretó la semana pasada, después de que fuera reelecto el 14 de mayo.
La denunciante, de 42 años, tenía un contrato en la municipalidad, el cual no se renovó desde el 1 de febrero de 2022.
En la presentación, Espejo expuso que la mujer “en varias oportunidades, en algunos medios y en su propia denuncia manifestaba que no quería denunciar, pero que la asesoraron para que lo hiciera, sin hacer público los nombres de las personas que la asesoraban”. Por eso, también solicitó la investigación de los presuntos instigadores.
Así, relató que la exempleada, “luego de exponer el hecho bajo una ambigüedad y contradicción tremenda”, reconoció que hizo la movida, “primero, por consejo de su abogado” y, después, “que no hubiese hecho la denuncia si no me hubiesen despedido”. De esa manera, sostuvo que, “a través de una falsa denuncia y un falso testimonio dentro de un proceso penal”, la mujer buscó “encontrar argumentos de base para un reclamo laboral indemnizatorio por parte del municipio”, además de “otros fines espurios”. De hecho, destacó que la denunciante pidió la incorporación de pruebas en el proceso penal, lo que fue rechazado por el magistrado debido a que se pretendió gestar “reclamos laborales” ajenos a la investigación.
En ese marco, el jefe comunal, por medio de sus abogados, repasó los elementos que constituyeron la falsa denuncia. Por un lado, la exempleada había indicado que el supuesto abuso sexual habría sucedido en la casa de Espejo, a la que concurrió con amigas y otras personas a comer un asado. Luego de que se retiraran los invitados, la mujer había expuesto que se quedó sola con el intendente y que ahí se habría producido el presunto ultraje. Sin embargo, los representantes legales de Espejo subrayaron que la inspección ocular que se llevó a cabo en la vivienda sirvió para conocer en detalle las estructuras internas de las habitaciones, lo que reveló la contradicción de lo que había relatado la mujer. De esa forma, dijeron, quedó demostrado que la exempleada “nunca estuvo” en la casa, al igual que las amigas y el resto de los comensales, dado que “nunca se hizo tal asado”.
Por todo ello, Uzair y Salas solicitaron que la expempleada sea indagada por el delito de falsa denuncia, el cual contempla la “prisión de dos meses a un año o multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos al que denunciare falsamente un delito ante la autoridad”, de acuerdo a lo que establece el Código Penal.