La letra fina del proyecto de Orrego para derogar la Ley de Lemas y reformar el Código Electoral

El mandatario provincial envío un proyecto a la Cámara de Diputados de San Juan para eliminar el SIPAD y establecer un sistema de internas acorde al reglamento de cada partido político.

El gobernador de Marcelo Orrego envió el miércoles a la Cámara de Diputados de San Juan un proyecto de ley para derogar el Sistema de Participación Abierta y Democrática (SIPAD) y reformar aspectos del Código Electoral y del Estatuto de los Partidos Políticos. La iniciativa, que ingresó con el mensaje N.º 0010 dirigido al presidente del cuerpo, Fabián Martín, generó sorpresa en propios y extraños cuando se conoció públicamente este jueves.

El texto plantea eliminar el mecanismo electoral instaurado durante la gestión anterior —conocido como SIPAD y asociado al esquema de Ley de Lemas— y reemplazarlo por un sistema en el que cada fuerza política defina su modalidad de selección de candidatos mediante elecciones internas cerradas o de acuerdo con lo que establezca su carta orgánica.

En el mensaje enviado a la Legislatura, Orrego argumentó que la derogación responde a la necesidad de “asegurar la certeza electoral”, un principio que consideró esencial para el funcionamiento democrático. Según el mandatario, el sistema vigente debe ser “claro, previsible y fácilmente entendible para el elector”, de modo que el voto tenga un efecto directo y transparente en la definición de los resultados.

La propuesta oficial apunta además a simplificar las reglas del proceso electoral. En los fundamentos se sostiene que la modificación fortalecerá la seguridad jurídica y la transparencia, ya que un esquema más simple reduciría los márgenes de interpretación, las impugnaciones y los conflictos derivados de la aplicación del sistema actual.

El proyecto no solo elimina el capítulo referido al SIPAD dentro de la Ley 2348-N, sino que también introduce cambios en la Ley 815-N, que regula el funcionamiento de los partidos políticos en la provincia. El proyecto no solo elimina el capítulo referido al SIPAD dentro de la Ley 2348-N, sino que también introduce cambios en la Ley 815-N, que regula el funcionamiento de los partidos políticos en la provincia.

Entre las modificaciones, se redefine la tipología de las fuerzas políticas, que podrán organizarse como partidos provinciales, partidos municipales, confederaciones de partidos o alianzas o frentes electorales.

También se establecen nuevos lineamientos para la conformación de alianzas electorales. Las fuerzas que decidan integrarlas deberán contar con la autorización expresa de sus cartas orgánicas, acreditar la aprobación de los órganos partidarios, informar el nombre del frente, designar apoderados comunes y presentar una plataforma electoral consensuada ante el Tribunal Electoral.

Uno de los puntos centrales de la iniciativa es el nuevo esquema para la nominación de candidatos. El texto establece que las postulaciones para cargos electivos, tanto provinciales como municipales, se definirán mediante elecciones internas cerradas o bajo el mecanismo que disponga la carta orgánica del partido o el acuerdo constitutivo de una alianza.

A su vez, el proyecto mantiene la obligación de respetar el principio de paridad de género en la integración de listas para cargos legislativos colegiados.

La iniciativa también incorpora sanciones para conductas irregulares en los procesos internos. En ese sentido, se prevé que el ciudadano que suplante a otro votante, vote más de una vez o sufrague sin derecho de manera dolosa en una elección interna partidaria podrá ser inhabilitado por cuatro años para elegir y ser elegido, incluso para ocupar cargos públicos.

441 CO Modificación Ley N° 2348-N y N° 815-N

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