El Gobierno de San Juan termina de pulir el proyecto de ley que busca ordenar el desarrollo de proveedores mineros con una regulación que pretende ser “mínima”, pero con metas concretas de empleo y compras locales, un esquema de incentivos fiscales y un régimen de control que quedará bajo la órbita del Ministerio de Minería. El borrador, al que accedió DIARIO DE CUYO, circula entre los bloques dialoguistas de la Cámara de Diputados de San Juan. Sin embargo, fuentes oficiales informaron que no es la antesala del documento definitivo y que hubo incorporaciones en el texto. La intención oficial sería llevarlo a la Legislatura la semana próxima.
La iniciativa está siendo redactada por los ministros de Producción y de Minería, Gustavo Fernández y Juan Pablo Perea, respectivamente, junto con las principales cámaras empresarias del sector minero con la idea de encontrar un equilibrio entre fijar obligaciones de integración provincial sin avanzar sobre esquemas rígidos que puedan afectar la competitividad de los proyectos metalíferos. Ya cuenta con 29 artículos. "Hay un pulido fino", expresaron las fuentes.
El gobernador Marcelo Orrego confirmó a CUYO MINERO, en el marco de la Expo San Juan Minera 2026, que “el proyecto ya se está trabajando junto a Asesoría Letrada y será enviado a Diputados para abrir el debate. Queremos que se trate lo antes posible”. Eso había dicho semanas atrás. Ahora el borrador aguarda los últimos retoques. “Queremos cuidar a los proveedores locales y generar oportunidades para las comunidades donde se hace minería”, afirmó en su momento.
Si bien no es la versión definitiva, el borrador del proyecto establece que las empresas mineras deberán presentar dos planes obligatorios bajo declaración jurada: uno de empleo local y otro de desarrollo de proveedores sanjuaninos. En ambos casos, las metas serán progresivas y diferenciadas según la etapa del proyecto, desde exploración hasta explotación y cierre de mina.
Uno de los puntos centrales fija como objetivo alcanzar un 80% de contratación de trabajadores locales, incluyendo personal directo e indirecto vinculado al proyecto. Es un porcentaje que ya había sido adelantado por este diario en marzo. La norma aclara que no se trata solamente de operarios, sino también de técnicos, administrativos, profesionales y cargos jerárquicos. Además, las compañías deberán informar el detalle de género y residencia de cada trabajador, distinguiendo entre empleados de comunidades de influencia, del resto de San Juan, del país y del extranjero.
El texto incorpora requisitos estrictos para definir quién será considerado “trabajador local”. La persona deberá tener domicilio real en San Juan con una antigüedad mínima de 12 meses en el DNI y acreditar residencia efectiva mediante servicios públicos o certificaciones oficiales. También se exige idoneidad para el puesto requerido.
En paralelo, el proyecto crea un “Plan de Desarrollo de Proveedores Locales” que fija como meta llegar al 60% de compras y contrataciones de bienes y servicios con firmas sanjuaninas. Sin embargo, la redacción incluye una cláusula clave reclamada por el sector empresario: si determinado servicio o producto no existe en condiciones competitivas de precio, calidad o disponibilidad en la provincia, ese monto quedará excluido del cálculo obligatorio.
La iniciativa también crea el Registro Provincial de Proveedores Mineros (RE.PRO.MIN.), que funcionará como filtro oficial para categorizar empresas locales. Solo los proveedores inscriptos podrán computarse dentro de los porcentajes exigidos a las mineras.
A cambio del cumplimiento de las metas, el Gobierno ofrece beneficios fiscales. Las empresas que alcancen simultáneamente el 80% de empleo local y el 60% de compras sanjuaninas podrán acceder a certificados de crédito fiscal para cancelar impuestos provinciales. Incluso, una vez compensadas sus propias obligaciones tributarias, esos certificados podrán transferirse a terceros.
Otro aspecto fino del proyecto es que obliga a las compañías a transparentar procesos de contratación. Las mineras deberán comunicar oportunidades de compra, justificar técnicamente cuando contraten proveedores externos y detallar por qué una firma local no fue seleccionada. Además, la norma establece un orden de preferencia explícito: primero proveedores de municipios de influencia directa, luego de influencia indirecta, después del resto de San Juan, más tarde proveedores nacionales y finalmente extranjeros.
El borrador también incorpora criterios ambientales y sociales. Las empresas deberán priorizar proveedores con políticas de economía circular, reducción de huella de carbono, eficiencia hídrica y equidad laboral. Incluso se promueve la creación de clústeres tecnológicos, asociaciones empresarias y convenios con universidades y sindicatos para capacitación especializada.
En materia institucional, el Ministerio de Minería quedará como autoridad de aplicación con facultades para controlar el cumplimiento de los planes, supervisar reportes y aplicar sanciones. La reglamentación prevé esquemas diferenciados para pequeñas empresas y contempla excepciones en función de la etapa o volumen operativo de cada proyecto.
Otro punto relevante es que la futura ley reemplazaría las exigencias socioeconómicas actualmente incluidas en las Declaraciones de Impacto Ambiental. Es decir, las obligaciones de empleo y proveedores dejarían de discutirse dentro de los informes ambientales y pasarían a tener un marco legal específico.
En el oficialismo consideran que el esquema permitirá “institucionalizar” el desarrollo de proveedores sanjuaninos sin caer en mecanismos excesivamente intervencionistas. Por eso, puertas adentro del Gobierno hablan de una regulación mínima, aunque el texto final contiene objetivos cuantificables, controles administrativos y un sistema de incentivos y sanciones que marcará el vínculo entre minería y economía local durante los próximos años.
La propuesta, según el borrador que no es oficial, también introduce obligaciones de reporte bastante precisas. Las empresas deberán presentar información anual sobre: porcentaje de empleo local directo e indirecto; volumen de compras provinciales; distribución territorial de contrataciones; participación femenina; acciones de capacitación; programas comunitarios ejecutados; e indicadores ambientales y sociales asociados a la cadena de valor.
En el capítulo sancionatorio, el borrador establece que los incumplimientos podrán derivar en apercibimientos, multas económicas y hasta la suspensión temporal de beneficios promocionales. Incluso se prevé la posibilidad de excluir a empresas reincidentes de determinados programas de incentivo provincial.
La ley también deja abierta la puerta para que el Gobierno provincial reglamente esquemas diferenciales según la escala de cada proyecto minero. En ese punto, el borrador menciona que la autoridad de aplicación podrá establecer criterios de gradualidad, razonabilidad y adecuación técnica para evitar distorsiones sobre emprendimientos en etapas tempranas o de menor dimensión económica.