9 de septiembre de 2026 - 16:39

Hasta 30 días de arresto y multas millonarias: el esquema de penalidades por vender productos sin rotulado o alterados

El Ministerio de Gobierno recordó los alcances de la ley provincial N.º 941-R, que establece severas penalidades incluyendo multas de hasta 3.000 jus, clausuras y arresto para quienes infrinjan las normas de elaboración, adulteración y comercialización de productos alimenticios.

El Ministerio de Gobierno informó detalles sobre las contravenciones vinculadas con la comercialización y elaboración de alimentos en la provincia, encuadradas en la ley provincial N.º 941-R del Código de Faltas. La normativa busca resguardar la salud pública, la convivencia y el orden normativo a través de un esquema de sanciones que van desde multas económicas hasta el arresto y la clausura de locales.

De acuerdo con el plexo legal, las infracciones bromatológicas y alimentarias no constituyen delitos penales, pero activan mecanismos de control administrativo y contravencional cuando se detectan irregularidades. Los artículos 163 al 166 tipifican las conductas prohibidas y establecen penalidades estrictas.

El artículo 163 contempla los incumplimientos a las normas bromatológicas e higiénicas en las etapas de elaboración, fraccionamiento, conservación, distribución o comercialización, así como la falta de autorizaciones, elementos de identificación o rotulados reglamentarios.

En paralelo, los artículos 164, 165 y 166 abordan faltas de mayor gravedad, tales como la adulteración de productos mediante la sustracción de elementos útiles o la incorporación de sustancias no autorizadas; la elaboración no autorizada de productos similares a marcas registradas; y la comercialización de alimentos o materias primas con deterioro en su composición, valor nutritivo o vida útil.

Para estos casos, la legislación prevé un abanico de sanciones que pueden aplicarse de forma conjunta o alternativa:

Multas: de hasta 3.000 jus.

Sanciones restrictivas y accesorias: trabajos de utilidad pública, clausura de establecimientos y arresto de hasta 30 días.

Medida obligatoria: el decomiso inmediato de los productos infractores.

El proceso de juzgamiento

Ante la detección de una presunta falta, se inicia formalmente una actuación para constatar los hechos y deslindar responsabilidades. El procedimiento garantiza el derecho de defensa de la persona o firma comercial involucrada, permitiendo la presentación de descargos y el análisis de las circunstancias particulares antes de que la autoridad competente emita una resolución definitiva que determine la sanción correspondiente.

LAS MAS LEIDAS