La Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación consta de tres partes que deberán completarse de la siguiente manera: en la parte “Protección social” el adulto responsable del menor deberá firmar la Declaración Jurada, informando su situación laboral, dos veces al año: la primera vez, en la misma libreta; la segunda vez, en el formulario que le entregarán en la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) y que deberá presentar anualmente en setiembre. En el apartado “Concurrencia a la escuela” se reclama que, para cobrar la asignación universal por hijo, es obligatoria la concurrencia a la escuela a partir de los 5 años. El beneficiario deberá dirigirse al establecimiento educativo adonde concurre el menor para que las autoridades completen la Libreta y certifiquen el cumplimiento del ciclo lectivo. En cuanto al apartado “Controles de salud”, es necesario que los menores cumplan con el plan de vacunación obligatorio. De 0 a 5 años deben estar inscriptos en el Plan Nacer. A partir de los 6 años, deben cumplir con el control médico correspondiente. El beneficiario deberá concurrir con sus hijos al establecimiento de salud más cercano, donde el médico completará la libreta y certificará (con su firma, su sello y su número de matrícula) el cumplimiento de la vacunación obligatoria y los controles sanitarios correspondientes. El ente explicó que las hojas de la libreta tienen un orden cronológico para completar año a año, y que en 2010 deberán completarse los datos correspondientes a la edad del menor al 31 de diciembre del 2009.