El Gobierno nacional oficializó las nuevas etapas de Distanciamiento (Dispo) y Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) que estarán vigentes desde hoy y hasta el 29 de noviembre en las distintas zonas del país, según el nivel de contagios de coronavirus Covid-19, y que fueron anunciadas por el presidente Alberto Fernández.

Así se dispuso por medio del decreto 875 publicado en la tarde del sábado en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y todos los ministros del Gabinete nacional.

Entre las zonas que se incluye dentro del ASPO a los departamentos de Rawson, Rivadavia, Chimbas, Santa Lucía y Capital. Sin embargo, fuentes oficiales informaron que no se cambiará de fase y se continuará como hasta ahora, con el exhaustivo cumplimiento de protocolos para evitar más contagios.

En el decreto nacional el resto de la provincia está incluida dentro del Distanciamiento Social. 

Cómo queda el resto del país:

DISPO:

*El Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA)

*Todos los restantes partidos de la provincia de Buenos Aires, con excepción de los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil.

*Todos los departamentos de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Jujuy, Chaco, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Salta y Tucumán.

*Todos los departamentos de Chubut, excepto el de Rawson.

*Todos los departamentos de Neuquén, excepto los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala.

*Todos los departamentos de Río Negro, excepto los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina.

*Todos los departamentos de San Juan, excepto los departamentos de Rawson, Rivadavia, Chimbas, Santa Lucía y Capital.

*Todos los departamentos de San Luis, excepto la Capital y General Pedernera.

*Todos los departamentos de Santa Cruz, excepto los aglomerados de la ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia.

*Todos los departamentos de Santa Fe, excepto Rosario, la Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.

*Todos los departamentos de Santiago del Estero, excepto los de Capital y Banda.

*Todos los departamentos de Tierra del Fuego, excepto Río Grande.

En tanto, quedan comprendidas desde hoy con la medida de ASPO las siguientes zonas del país:

*Los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil de la provincia de Buenos Aires.

*El departamento de Rawson en Chubut.

*Los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala en la provincia de Neuquén.

*Los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina de la provincia de Río Negro.

*Los departamentos de Rawson, Rivadavia, Chimbas, Santa Lucía y Capital en la provincia de San Juan.

*Los departamentos de Capital y General Pedernera en la provincia de San Luis.

*Los aglomerados de la ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia de la provincia de Santa Cruz.

*Los departamentos de Rosario, la Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos, en la provincia de Santa Fe.

*Los departamentos de Capital y Banda de la provincia de Santiago del Estero.

*El departamento de Río Grande de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.