Actividades habilitadas

Circulación de personas y transporte

Control de límites provinciales

Ingreso temporario de personas a la Provincia de San Juan: sistema especial de control y monitoreo habilitado.

Circulación de personas en general: se mantienen las restricciones a la población de riesgo. Pueden circular hasta 5 personas por vehículo privado familiar tipo sedán y hasta 22 por colectivo.

Circulación de personas entre departamentos en vehículos particulares: estará limitada a trabajadores esenciales, de actividades autorizadas y a temas de salud. Está prohibido el turismo interno y visitas familiares.

Transporte público urbano de pasajeros: se limita a 22 personas por colectivo.

Transporte público de pasajeros interdepartamental: limitado a trabajadores esenciales y temas de salud. Se prohíbe el turismo interno y visitas a familiares. Se limita al 50% de la capacidad del colectivo.

Terminal de Ómnibus de San Juan y de los departamentos Jáchal, Iglesia, Calingasta y Valle Fértil: funcionarán para transporte interdepartamental con las limitaciones anteriores.

Transporte de cargas: habilitado con protocolo vigente.

Vehículos de uso privado: podrán viajar hasta cinco personas por vehículo.

Motos y bicicletas: habilitados para circular.

Taxis y remises: pueden circular, trasladando hasta dos personas en los asientos traseros.

Combis: pueden circular con hasta el 50% de su capacidad.

Dispensas laborales

Dispensa laboral para personas mayores de 60 años y personas de grupos de riesgo: el empleador no puede exigir a los mayores de sesenta años, embarazadas y a los integrantes de grupos de riesgo, la concurrencia a su puesto de trabajo. No pueden ser declarados trabajadores esenciales.

Servicios fúnebres y cultos

Servicios fúnebres de personas no fallecidas por COVID-19: habilitado de lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas. Máximo cinco personas del círculo íntimo y con una duración máxima de 5 horas bajo cumplimiento de protocolo.

Cementerios: autorizado el funcionamiento de lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas bajo cumplimiento de protocolo.

Cultos: habilitados solo la asistencia individual, limitado a 40% de capacidad y distancia de 2 metros entre personas. No se permiten celebraciones comunitarias (misas, bautismos, casamientos, celebraciones de la palabra y otras prácticas no individuales).

Caminatas saludables

Se habilitan de lunes a sábado, de 8 a 20 horas.

Comercio y servicios e industria (sin restricciones por DNI)

Shoppings y galerías comerciales: Puede asistir solo una persona por grupo familiar a estos lugares, los cuales podrán tener hasta un 40% de ocupación como máximo. Estarán abiertos de lunes a sábado de 11 a 22 horas, permaneciendo cerrados los domingos.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas: considerados servicios esenciales, podrán abrir sus puertas con una ocupación máxima del 40% de su capacidad. Puede asistir solo una persona por grupo familiar. Estarán habilitados de lunes a domingo de 08 a 20 horas.

Comercios en general. Playas de estacionamiento, talleres, gomerías, lavaderos, agencias de quiniela, peluquerías, estéticas, y comercios en general no incluidos en categorías anteriores: cumpliendo con protocolos aprobados, con 40% de ocupación. Atenderán de lunes a sábado en horario de 10:00 a 18:00. Permanecerán cerrados los domingos.

Comercios gastronómicos, restaurantes, cafés y similares: se habilitarán con una ocupación máxima del 40% y cuatro personas por mesa al aire libre y en veredas, con 2 metros entre mesas y 1 metro entre personas. Los horarios serán de lunes a sábado de 07 a 24, mientras que los domingos permanecerán cerrados y solo se permitirán las entregas a domicilio.

Servicios de entrega de productos a domicilio: habilitados de lunes a domingo hasta las 24 horas.

Industrias: atención de 08:00 a 20:00 horas.

Servicios profesionales

Habilitados con cumplimiento de protocolos

Consultorios y clínicas privadas: podrán funcionar, bajo cumplimiento de protocolo, de lunes a domingo de 8 a 20 horas.

Oficios y trabajadores de casas particulares: habilitados con cumplimiento de protocolo.

Industria

Actividades industriales: con cumplimiento de protocolo, de lunes a domingo, de 8 a 18 horas, excepto industrias autorizadas de ciclo continuo.

Minería

Actividades mineras: con cumplimiento de protocolos vigentes.

Agricultura

Actividades agrícolas y ganaderas: con cumplimiento de protocolos vigentes.

Construcción de obras

Obra pública: con cumplimiento de protocolos vigentes.

Obra privada: con cumplimiento de protocolos vigentes y registración ante la Dirección de Planeamiento.

Turismo

Se habilitan las agencias de viaje y turismo para preventa.

Habilitados los alojamientos para personas en aislamiento: con cumplimiento de protocolos vigentes.

Funcionamiento de organismos estatales

Poder Ejecutivo: dispensa a agentes de la administración pública. A partir del 7 de septiembre rige nuevamente el Decreto Nº 033/2020 (Régimen de Trabajo Administración Pública) y Resolución Nº 2650-MSP-2020 (Protocolo COVID-19). Se mantienen las dispensas gestionadas al 21/08/2020, no debiendo el agente gestionar nuevas solicitudes de dispensas por el mismo motivo.

Atención en Centro Cívico y oficinas públicas del Poder Ejecutivo: habilitado en horario de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 horas. Atención al público: de 07:30 – 12:30 horas y de 14:30 – 19:30 horas / Ingreso por terminación de DNI, exceptuándose aquellas personas con citación o turno previo. En cualquiera de los casos deberá presentarse el DNI para su escaneo/ Puertas: Libertador y Plaza Seca.

Oficina Central de Contrataciones: la atención al Público será exclusivamente con turno web. Los turnos que no fueron atendidos en Fase I quedaron sin efecto y deberán solicitarse nuevamente en http://turnos.sanjuan.gov.ar/

Dirección General de Rentas: los trámites continuarán vía web en https://rentas.sanjuan.gov.ar/. Para aquellos exclusivamente presenciales, la atención al público será sólo con turno web http://turnos.sanjuan.gov.ar/. Se mantienen 0800 y números de WhatsApp para atención de consultas.

Poder Legislativo: habilitado de acuerdo a protocolo propio de la repartición.

Poder Judicial: habilitado de acuerdo a protocolo propio de la repartición.

Municipios: habilitados de acuerdo a protocolo propio de la repartición.

Lo que no está habilitado

Actividades deportivas.

Actividad social en clubes deportivos o campings.

Museos, teatros y centros culturales.

Industria audiovisual y fotografía.

Actividad musical.

Instituciones artísticas y recreativas.

Artesanos y manualistas.

Proyecciones cinematográficas en autocine.

Reuniones familiares y sociales en domicilios particulares.

Transporte aéreo.

Salas de casino, bingo y similares.

Alojamientos con destino de fines turísticos.

Oficinas de información turística.

Servicio de guías de turismo.

Servicio de guías de montaña.

Establecimientos vinculados a la Ruta del Vino.

Educación provincial de gestión pública y privada.

Universidades.

Jardines maternales.

Servicios fúnebres de personas fallecidas por COVID-19.