La controversia por la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil sumó este martes un capítulo estrictamente judicial. El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires apeló la resolución de Laura De Marinis que sobreseyó a un adolescente de 14 años y dejó sin efecto, para ese caso particular, el artículo que establece la punibilidad desde esa edad. Además de reclamar que la decisión sea revocada, los fiscales solicitaron el apartamiento de la magistrada del expediente.
El recurso fue presentado por Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra, integrantes de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil. El fiscal general adjunto en lo Penal y Contravencional, Eduardo Riggi, aseguró que el Ministerio Público encontró una “debilidad enorme” en distintos fundamentos de la sentencia y pidió que la Cámara analice la apelación con rapidez.
Qué cuestiona la Fiscalía
La discusión ya no pasa solamente por la decisión final adoptada por De Marinis, sino por el razonamiento jurídico utilizado para llegar a ella. En su presentación, la Fiscalía sostuvo que el fallo no identifica adecuadamente qué norma constitucional o convencional habría sido vulnerada y cuestionó el peso otorgado a las observaciones del Comité de los Derechos del Niño. También objetó la aplicación del principio de no regresividad y consideró insuficientemente fundada la conclusión de que el artículo 1 de la Ley 27.801 no podía aplicarse al caso.
Entre los principales cuestionamientos planteados aparecen:
- La falta de identificación precisa de la norma constitucional o convencional vulnerada.
- El valor vinculante atribuido a observaciones del Comité de los Derechos del Niño.
- La aplicación, según la Fiscalía, infundada del principio de no regresividad.
- Una confusión entre responsabilidad penal, proceso judicial y proporcionalidad de la respuesta.
- Una presunta invasión de competencias legislativas y del Ministerio Público Fiscal.
- Contradicciones entre el análisis general de la ley y la solución adoptada para el caso concreto.
El escrito sostiene que la declaración de inconstitucionalidad se apoya en “fundamentos aparentes” y que la sentencia no constituye una derivación razonada del derecho vigente. Riggi aclaró, sin embargo, que la Fiscalía no discute la facultad de un juez para controlar la constitucionalidad de una ley, sino si estaban dadas las condiciones para utilizar una herramienta que la jurisprudencia de la Corte Suprema considera excepcional.
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Nación también cuestionó la resolución
Mientras la discusión se trasladaba a la Cámara, el Gobierno nacional sumó nuevas críticas. La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, expresó su desacuerdo con el fallo y sostuvo que decisiones de este tipo, según su interpretación, perjudican a la Justicia y a las víctimas. Se trata de una valoración política del Ejecutivo sobre una resolución que ahora deberá ser revisada por una instancia superior.
La novedad central pasa ahora por lo que resuelva la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad. El fallo de De Marinis no suspendió la nueva Ley Penal Juvenil de manera general: su alcance quedó limitado al adolescente involucrado en este expediente. La Fiscalía busca ahora que esa decisión sea revocada y que el proceso continúe bajo las reglas de la legislación vigente.