Las condiciones para convertir en subsidio los créditos del ATP5
Una de las pautas es que las empresas cumplan "con las metas de sostenimiento o creación de empleo”.
Una de las pautas es que las empresas cumplan "con las metas de sostenimiento o creación de empleo”.
El Gobierno estableció las condiciones para convertir en subsidios los créditos a empresas de la quinta modalidad Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP 5), a través de la Resolución 491/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Las condiciones establecidas en la norma son las siguientes:
- El Crédito a Tasa Subsidiada podrá convertirse en subsidio en la medida que cumpla con las metas de sostenimiento o creación de empleo.
- Las metas de empleo serán trimestrales e implicarán una comparación de los promedios contra un mismo período comprendido entre los años 2019/2020. Al respecto, se compararán el cuarto trimestre de 2020 con el mismo de 2019; y el primero, el segundo y el tercero de 2021, también con los mismos del año pasado.
- Si la empresa cumple con las metas de empleo, con el repago del crédito y demás condiciones establecidas, el crédito se entenderá convertido en subsidio, y será total o parcialmente reintegrado por medio de un Aporte No Reembolsable (ANR).
- No procederá el reintegro si la empresa posee empleados suspendidos durante 2021.
- En caso de que haya tenido empleados suspendidos en el último trimestre de 2020, no podrá acceder al beneficio por ese trimestre, pero no se invalidarán los reintegros por los restantes.
- El reintegro se efectivizará si y sólo si la empresa tuviera la totalidad del crédito pago, y no hubiera incurrido en mora, un atraso superior a 30 días, según lo informado por la entidad bancaria, y no registrara incumplimientos vigentes con el Fondo de Garantías Argentina (FoGAR).
- Las metas de sostenimiento o creación de empleo y los beneficios correspondientes serán diferentes según la cantidad de empleados que tenga la empresa.
- Se clasificará a las empresas en tramos de 1 a 9 trabajadores; de 10 a 39; de 40 a 199; y de 200 a 800 trabajadores.
- La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de este año.
Fuente: Télam
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