Luego del "bombazo" que puertas adentro significó el histórico fallo de la Corte de Justicia, imponiendo la obligación de que el Juez de Garantías y la Defensa asistan a las audiencias que pide Fiscalía para entrevistar con psicólogos a menores o personas con capacidad restringida (se consideran actos irreproducibles), un primer relevamiento encarado por los fiscales, principalmente los de Anivi (abordan casos con menores víctimas) revela que habría al menos 200 causas que podrían caer por nulidad, por la "ausencia voluntaria" de la defensa a esas audiencias al momento de ser citados, indicaron fuentes judiciales.

De ese total, aseguran que la mayoría de las causas están en trámite y que un porcentaje "más bajo" se corresponden a casos con detenidos y otras a imputados ya condenados.

Tal como anticipó en exclusiva este diario, el último martes, los ministros Adriana Verónica García Nieto, Marcelo Jorge Lima y Horacio De Sanctis, anularon la condena de 8 años aplicada a un hombre por abusar de su expareja y lesionar a un hijo de la mujer con capacidad restringida, porque la entrevista con psicólogos a ese joven y a otros tres hijos de la mujer que sirvieron de testigos, fueron nulas e "ilegales" por no contar con la presencia del abogado del imputado para que ejerciera su derecho de Defensa, tal como lo había planteado el defensor oficial César Oro.

No solo eso, el máximo tribunal de Justicia local decidió que no sólo la presencia de la Defensa era necesaria sino también la del juez, para hacer el control de los derechos y garantías que le asisten a la Defensa y también a Fiscalía en esa "controversia".

Los magistrados esperan también que varios defensores planteen ahora un "recurso de revisión de sentencia" en los casos que ya tienen condena, pues la nueva decisión de la Corte se equipara a una "ley penal más benigna", indicaron.

Según fuentes judiciales, numerosas reuniones se concretaron en Tribunales entre los distintos protagonistas jurídicos (jueces, fiscales, defensores), para cotejar opiniones sobre los alcances del fallo de la Corte. Muchos entienden que la Corte dispuso que a las audiencias deberá asistir el fiscal, pues la resolución nada dice que podrán hacerlo los ayudantes fiscales. Los jueces también están preocupados por la nueva realidad que se plantea, pues a diferencia de los fiscales que tienen ayudantes, los magistrados no los tienen y ellos deben ir a esas audiencias y participar el trámite de las demás causas.

A pesar de que el fallo aún no está firme, varios en Tribunales esperan días convulsionados porque es prácticamente obligatorio para todos los tribunales inferiores, por ser la Corte el último órgano provincial en interpretar el derecho.