4 de septiembre de 2026 - 15:17

Caso Brisa Gallardo: el conductor achacado de su muerte pidió la inconstitucionalidad de una norma para zafar de la imputación

La defensa cuestionó el decreto provincial que da prioridad a las avenidas frente a la ley nacional. Aunque la jueza rechazó el planteo y otorgó un año para investigar el homicidio culposo, el imputado seguirá el proceso en libertad bajo reglas de conducta.

Sin embargo, la audiencia de formalización y control de detención estuvo marcada por una fuerte controversia jurídica: la defensa del conductor planteó la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del Decreto Reglamentario Provincial 250-R de 2006, buscando revertir la atribución de la responsabilidad vial para evitar la imputación.

La encrucijada del caso radica en qué norma define la prioridad de paso en el lugar del hecho, el cruce de la Avenida Ignacio de la Roza y la calle Catamarca. La víctima circulaba en moto por la avenida, mientras que el imputado intentaba atravesarla desde Catamarca por el lateral derecho. La defensa alegó que, según el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, quien circula por la derecha tiene "prioridad absoluta". Según su postura, el decreto provincial 250-R—que exceptúa esta regla otorgando prioridad a las avenidas—es una norma de rango inferior que contradice la ley nacional a la que la provincia adhirió de forma íntegra mediante la Ley 528-R.

Por su parte, el fiscal Iván Grassi rechazó el planteo defensivo argumentando que la regulación del tránsito es una materia exclusiva y reservada de las provincias en ejercicio de su poder de policía. El fiscal destacó que la propia ley nacional, en sus artículos 2 y 91, faculta a las autoridades locales a disponer exigencias particulares por razones de fluidez y características del territorio, lo que valida la prioridad otorgada a la Avenida Ignacio de la Rosa.

Finalmente, la jueza resolvió desestimar el planteo de la defensa y declaró la constitucionalidad de la normativa provincial. De este modo, concedió al Ministerio Público Fiscal un plazo de un año para investigar el caso. Al tratarse de un siniestro sin agravantes—el conductor no estaba bajo los efectos de alcohol o drogas y no circulaba a alta velocidad—, Beltrán transitará el proceso en libertad. Se le impusieron reglas de conducta que incluyen la prohibición de salir del país y la obligación de presentarse mensualmente en la comisaría de su domicilio.

Esta disputa normativa no es nueva en San Juan. En el fuero civil existen fallos contradictorios. La Corte de Justicia de San Juan aún no se ha pronunciado de forma definitiva sobre esta grieta jurídica que define quién tiene realmente la prioridad de paso en las calles de la provincia.

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