El caso que conmocionó a la localidad de Santa Lucía tuvo una resolución judicial: Matías Eduardo Arce, el empleado de comercio acusado de hostigar y abusar de una adolescente de 15 años, reconoció su culpabilidad y pactó una condena de nueve meses de prisión condicional, lo que le permitió recuperar la libertad de inmediato.
Una persecución a una menor que no se detuvo ante nada
La investigación, iniciada el 17 de marzo tras la denuncia de la madre de la víctima, reveló un nivel de persistencia alarmante. Arce no solo enviaba mensajes insistentes por WhatsApp e Instagram diciéndole que quería "besarla" o "tocarla", sino que incluso llegó a ofrecerle dinero a través de Mercado Pago con la excusa de su cumpleaños.
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La fiscal Andrea Insegna (derecha) de la UFI ANIVI.
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El punto más oscuro de su accionar quedó registrado cuando la joven decidió bloquearlo de todas sus redes sociales para frenar el acoso. Lejos de desistir, Arce utilizó el teléfono celular de su propia hija para comunicarse con la menor, identificándose bajo el apodo de "Mota" para continuar con las insistencias.
El abuso y la confesión: "Fue a propósito"
El expediente sumó gravedad tras la declaración de la víctima en Cámara Gesell, donde relató un episodio ocurrido en diciembre de 2025 en el paraje Vallecito. Según el testimonio, mientras la adolescente cargaba a una niña en brazos, Arce aprovechó la situación para realizarle tocamientos en sus partes íntimas.
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La abogada Filomena Noriega, en representación de la defensa de Arce.
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La prueba más contundente surgió de las "copias espejo" realizadas a los dispositivos electrónicos. En un intercambio de mensajes posterior al hecho, la joven le recriminó por Instagram: "Vos me tocaste", a lo que Arce respondió cínicamente: "Sí, fue a propósito".
Juicio abreviado y libertad condicional
La resolución del caso se dio mediante un acuerdo entre la fiscal Andrea Insegna y la defensa de Arce, representada por la abogada María Filomena Noriega, con la homologación del juez de garantías Alberto Caballero. Aunque el imputado estuvo inicialmente detenido y luego bajo prisión domiciliaria, la condena de nueve meses en suspenso le permite transitar el proceso fuera de la cárcel.
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Alberto Caballero, juez que homologó el acuerdo de juicio abreviado.
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No obstante, la Justicia le impuso reglas de conducta obligatorias durante dos años, que incluyen la prohibición absoluta de acercarse o contactar a la víctima y su familia, fijar un domicilio y someterse al control judicial periódico. En caso de incumplir cualquiera de estas pautas, la condena condicional podría ser revocada, obligándolo a cumplir la pena de manera efectiva en el Servicio Penitenciario.