Un dato poco conocido salió a la luz tras la condena del empleado de la feria de Capital por violencia de género y abuso: el tribunal además ordenó que el padre del condenado pague una cuota alimentaria mensual de $500.000 a la víctima, para sostener a las hijas en común que tiene la denunciante y el condenado.
La decisión fue tomada por el mismo tribunal que juzgó el caso del sanjuanino, integrado por los jueces Matías Parrón, Carolina Parra y Celia Maldonado, quienes consideraron la situación de vulnerabilidad económica de la víctima, especialmente tras quedar sin el sostén de su expareja, actualmente detenido. Es así que obligaron al abuelo a pagar un monto económico destinado a la crianza de sus nietas.
Un abuelo sanjuanino deberá pasarle la cuota alimentaria a sus nietas
Si bien la fijación de cuotas alimentarias corresponde habitualmente al fuero de familia, desde el ámbito judicial explicaron que los tribunales penales tienen la potestad de establecer una asistencia económica en casos excepcionales, cuando las circunstancias lo ameritan. En este caso, la medida se adoptó para garantizar el bienestar de las tres hijas en común que tenía la pareja.
El fallo se dio en el marco de un juicio que tuvo momentos de alta tensión. El imputado había llegado acusado de delitos graves, entre ellos abuso sexual con acceso carnal, coacción y agresiones físicas en un contexto de violencia de género contra su pareja, además de abuso contra la hija adolescente de la mujer.
Juicio de alto impacto
Sin embargo, durante el debate oral, la mujer se retractó de parte de sus acusaciones. Afirmó que la relación había sido consentida y sostuvo que su hija habría mentido en un primer momento. Pese a este cambio de versión, desde la fiscalía, integrada por Claudia Ruiz Carignano y la ayudante fiscal Silvina Zogbe, mantuvieron la acusación, al considerar que este tipo de contradicciones son frecuentes en víctimas atravesadas por miedo o dependencia.
Finalmente, el tribunal resolvió condenar al hombre a cinco años de prisión efectiva por los delitos de lesiones agravadas por el vínculo en contexto de violencia de género, coacción, contra su pareja y abuso sexual simple agravado contra la menor, en su rol de hijastra. No obstante, por mayoría, fue absuelto del delito de abuso sexual con acceso carnal contra la mujer.
La defensa, a cargo de la abogada María Filomena Noriega, había solicitado una pena menor y de cumplimiento condicional, argumentando que el acusado no tenía antecedentes y era el principal sostén económico familiar.
Más allá del resultado penal, la resolución incluyó esta medida económica que busca proteger a las menores, en una decisión poco habitual pero clave para garantizar su subsistencia en un contexto económico complejo.