Los diputados designaron ayer al abogado Alejandro Mattar, que es cuñado del ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur, como fiscal en lo Correccional, en medio de una polvareda: de los 27 oficialistas presentes en la sesión, sólo 20 estuvieron al momento de la votación, el bloquismo se paró de las bancas en señal de rechazo y el basualdismo votó en contra; además, en el PJ se negaron a dar a este diario el currículum vitae del designado. Así, la votación salió 20 contra 3, cuando en nombramientos anteriores el PJ votó unido y el bloquismo apoyó.
Mattar formaba parte de la terna que envió oportunamente el Consejo de la Magistratura, que también integraban Eduardo Daniel Agudo Sabastano y Pablo Sebastián Flores, tras una selección previa entre 41 postulantes.
La vacante se generó por el fallecimiento de Jorge Correa Moyano. De los tres candidatos que habían quedado a sucederlo, sólo Agudo trabaja en el Poder Judicial (es secretario de Cámara), mientras que Mattar y Flores son abogados litigantes del fuero local.
Al momento de las fundamentaciones, habló la oficialista Rosalía Garro, quien consultada sobre este diario sobre el currículum del nombrado, se negó a darlo: primero dijo que tenía que ir al baño y luego respondió que no lo iba a facilitar este medio. Tampoco el presidente de la bancada PJ, Daniel Tomas, entregó esta información cuando la pidió este diario. No es un dato menor, porque hubo una versión en la Legislatura de que Mattar no reunía muchos antecedentes en lo penal, lo que luego él desmintió en diálogo con DIARIO DE CUYO, asegurando que tiene mucha experiencia litigando (ver perfil).
Mattar también dijo sobre su relación con Manzur -el nuevo fiscal es hermano de la esposa del ministro nacional- que "el parentesco no lo voy a negar. No por ser familiar no me voy a presentar. No influye en el tema".
En la misma sesión, los legisladores modificaron, a propuesta del Ejecutivo y sobre tablas, la Ley 7.957, que aprobó el Acta-Compromiso entre el Ejecutivo y Minas Argentinas S.A. y que dispone la creación del Fondo Fiduciario de Infraestructura Proyecto Gualcamayo. Establecieron cambios de forma y adecuaron la redacción del Artículo 6to., en concordancia con las previsiones del Artículo 18vo. de la Ley Nacional 24.441, a fines de supuesto incumplimiento, el fiduciario (Banco San Juan), pueda iniciar acciones contra terceros y beneficiarios, pero no contra el fiduciante (Provincia de San Juan).