El fiscal de Impugnación Fabrizio Medici acudió a la Corte de Justicia para tratar de revocar el fallo que había absuelto al forense Eduardo Recabarren del abuso sexual a una niña que lo había incriminado. En su planteo, el representante del Ministerio Público cuestiona la sentencia de la jueza de Impugnación Ana Lía Larrea, quien había desligado al médico del Poder Judicial, debido a que "descalifica el testimonio de la menor" frente a otros que fueron en sentido contrario, a los que califica de "falaces y mentirosos". Por ello, destacó que la actitud de la magistrada incurre en el hecho de "no entender la protección de los derechos que goza la víctima como menor de edad abusada, la perspectiva de infancia, su interés superior como niña y como sujeto de derecho, la perspectiva de género, pero, sobre todas las cosas, la tutela judicial efectiva de tales derechos".

El caso de Recabarren impactó fuerte en el ámbito judicial, ya que lleva unos 15 años como forense en la Corte, donde cumplía funciones en el llamado Laboratorio Forense. Fue detenido el 29 de diciembre del año pasado y, tras la investigación de la Unidad Fiscal Anivi, fue condenado por el juez Eugenio Barbera a 4 años de prisión por abuso sexual simple, agravado por su condición de guardador. De acuerdo a la acusación fiscal, la madre de la menor denunció al médico el 17 de noviembre luego de que la niña revelara a una docente y a la directora del colegio lo que padecía. Ante los psicólogos, la niña (hoy, de 11 años) apuntó contra Recabarren y dijo que habría sido víctima de unos 10 hechos de abusos cuando visitaba al forense en su hogar.

Tras la apelación de los abogados defensores, Larrea lo absolvió por el beneficio de la duda. Ante ese fallo, Medici se fue a la Corte para revocarlo a través de un recurso de casación. El fiscal hizo hincapié en que la magistrada "descree" del relato de la víctima, "pero le otorga plena validez probatorio a los dichos" de otra niña, a quien le había contado lo sucedido, pero esta lo había negado. Además, el agente del Ministerio Público sostuvo que, "si bien es cierto que la psicóloga calificó a la declaración (de la damnificada) como poco creíble, ello no significa, bajo ningún punto de vista, que la menor haya mentido o que su testimonio haya sido falaz". Así, indicó que la magistrada "ha valorado como no veraz el testimonio de la víctima, en función de lo declarado por una testigo de oídas", por lo que tal conclusión es "arbitraria y errónea".