El fiscal de Estado, Jorge Alvo, adelantó que no presentarán un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que quedará firme el fallo del máximo tribunal local, el cual dispuso que la Obra Social Provincia (OSP) le brinde el tratamiento de fertilización asistida a una mujer soltera a través de la utilización de semen de banco o donante. El titular del organismo que defiende el patrimonio local indicó que, "como se declaró inconstitucional un artículo de una resolución de la entidad, esa norma es de carácter local, por lo que no hay un agravio de tipo federal. Por eso, no sustentaría un recurso extraordinario ante la Corte Suprema y se ha instruido en ese sentido". El caso es de una afiliada de 39 años que solicitó fertilización asistida a través de semen de banco, pero la OSP lo rechazó porque no cumplía con el requisito de estar casada o en pareja y porque está excluida la utilización de semen de donante. La mujer presentó un amparo, que fue rechazado en primera y segunda instancia y, así, llegó a la Corte. El fallo, fundado por la presidente Adriana García Nieto, declaró la inconstitucionalidad de la resolución, debido al carácter discriminatorio por la condición civil y la imposición (indirecta) de una relación matrimonial o de unión convivencial para acceder al tratamiento.