Sobre el empresario Sergio Vallejos había recaído una condena de un año y medio de prisión en suspenso por haber violado el aislamiento obligatorio al abrir su planta textil y tener a sus empleados en funciones. Tras la apelación de su abogado, el juez Martín Heredia absolvió al imputado, pero los fiscales Ignacio Achem y Daniel Guillén acudieron a la Corte de Justicia para dar vuelta ese fallo y descargaron artillería pesada. Señalaron que el camarista realizó tareas de investigación que tiene prohibidas en una instancia de revisión, por lo que desplegó "una actividad ilegal" y fue "parcial". Además, que su sentencia fue contradictoria y arbitraria. Por eso, le pidieron al máximo tribunal que sancione al magistrado por las fallas en las que habría incurrido, según entendieron.

El planteo de los fiscales fue realizado el miércoles, el cual ataca con dureza el fallo absolutorio de Heredia, quien actuó en la apelación. Vallejos había sido condenado bajo el sistema de Flagrancia por el juez Federico Rodríguez, quien lo había encontrado culpable de violar las medidas adoptadas por las autoridades para impedir la propagación del coronavirus, en este caso, el aislamiento social y obligatorio. Fue el 14 de abril, cuando personal policial acudió a su empresa Zonda Safety Gear, en Ruta 40 antes de Calle 5, Rawson, en la que se encontraban unos 30 operarios.

Al cuestionar la absolución dictada, Achem y Guillén resaltaron que el camarista consideró que el rubro de Vallejos era esencial para el desarrollo de la minería, por lo que se trataba de una actividad exceptuada de la restricción por el decreto presidencial. Según los fiscales, llegó a tal conclusión por dos medidas de investigación propias. Una de ellas fue consultar el Registro Fiscal de la Actividad Minera de AFIP para destacar en su resolución que el empresario se encuentra inscripto en tal categoría. La otra, que visitó la página web del Registro de Proveedores Mineros. Por eso, los agentes del Ministerio Público señalaron que se arrogó "facultades que se encuentran expresamente vedadas" y que incorporó pruebas que no estaban en el expediente y que no fueron ofrecidas ni por la defensa ni por los acusadores. Así, elaboró "su propia teoría del caso a favor del imputado", por lo que destacaron "un claro vicio de parcialidad".

Otra de las críticas de Achem y Guillén apuntó a la contradicción en la que incurrió Heredia. Es que primero remarcó que la actividad laboral de Vallejos estaba permitida al estar vinculada a la actividad minera, por lo que no configuraba delito, y después señaló que sí estaba prohibida, pero justificada por lo que se denomina "error excusable", es decir, la ignorancia o errónea interpretación de la ley, subrayaron los fiscales.

Así, primero explicaron que la sentencia del camarista "muestra confusión, ambigüedad y poca claridad". Y con respecto al "error excusable", los representantes del Ministerio Público indicaron que Heredia sostuvo que la conducta del empresario no es castigable porque actuó sin intención al llevar a cabo un comportamiento que erróneamente creía permitido, lo que cuestionaron porque tal error era evitable. ¿Cómo? Por la abundante información difundida sobre las medidas de aislamiento y las reuniones que tuvo Vallejos, entre otros, con cámaras empresariales, según reconoce el propio Heredia, destacaron. Además, los fiscales criticaron que se justificara la absolución por la elaboración de elementos sanitarios de protección, cuando, de la prueba reunida, se encontraba confeccionando elementos (almohadas, sábanas, mamelucos, tapabocas) que no tenían que ver con ese fin. También indicaron que tales insumos no se los había requerido el Ministerio de Salud, que la compañía no estaba habilitada para funcionar y que sabían que necesitaban de la autorización oficial, tal cual se desprende de un mail interno.

PLANTEO FISCAL

Intención

Para los fiscales, Vallejos sabía que la actividad que desplegaba no se encontraba permitida y que necesitaba de una autorización de Salud para hacer elementos de protección sanitaria, cosa que no tenía.

Rechazo

Los agentes fiscales habían planteado que la apelación de Vallejos era inadmisible. Cuestionaron que el juez Heredia no considerara tal postura, por lo que señalaron que se violó la garantía del debido proceso.

Críticas

Achem y Guillem sostuvieron que el magistrado realizó tareas investigativas cuando las tiene vedadas. Además, destacaron que su sentencia fue contradictoria y arbitraria. Por todo ello, le pidieron a la Corte que lo sancione.


> Otro empresario

Isaías Brant, uno de los dueños de Maxi Brant, fue condenado a 8 meses de prisión en suspenso por violar la cuarentena, ya que en un local tenía unos 15 operarios trabajando. Además, debió pagar mil pesos por los gastos del juicio y donar 40 mil pesos en insumos al Hospital Rawson.


> Un supervisor

Jorge Sukerman, supervisor de la empresa textil Soberano, también recibió un castigo de 8 meses de prisión en suspenso. Además, debió realizar tareas comunitarias en el municipio de Rawson y desembolsar 50 mil pesos en concepto de reparación simbólica.