La Cámara de Diputados de San Juan aprobó este jueves la modificación de un nuevo capítulo a la ley 1810 A de Procedimiento para la Disposición Final de Cosas Muebles Peligrosas, conocida comúnmente como "ley de chatarra". La medida permitirá al Ejecutivo provincial subastar vehículos que se encuentren en depósitos judiciales y que estén en condiciones de seguir circulando, o como autopartes, de acuerdo a los informes especiales de cada rodado.
La nueva modificación incluye motos, autos y camionetas. Esta medida apunta a descomprimir el Depósito Judicial de 9 de Julio y otros predios, buscando obtener recursos, además de que sigue vigente la compactación y transformación de las unidades en cubos de chatarra.
La ley establece que el Ministerio de Gobierno podrá disponer de la subasta pública de los vehículos que se encuentren en condiciones para su “recuperación funcional”, es decir, que puedan seguir circulando tras algún tipo de arreglo. Incluso, se podrán subastar todas aquellas movilidades que despierten algún interés en la reutilización de alguna de sus partes, como autopartes.
El mecanismo de la subasta se definirá a través de la reglamentación de la ley, aunque la iniciativa garantiza que haya publicidad, transparencia y la participación de oferentes, sean personas humanas o jurídicas. La normativa aprobada deberá ser reglamentada por el Ejecutivo, aunque aún no tiene tiempo estipulado de concreción.
Un mecanismo transparente para oferentes
El Ministerio de Gobierno será la autoridad encargada de coordinar las subastas públicas. Aunque los detalles operativos, fechas y condiciones se fijarán en la posterior reglamentación de la ley, el texto aprobado garantiza que el proceso contará con mecanismos de publicidad y transparencia, permitiendo la participación de oferentes tanto personas humanas como jurídicas.
Obras, programas sociales y rendición de cuentas: a dónde irán los fondos
Uno de los ejes clave incorporados en la reforma establece el destino específico del dinero obtenido, tanto por los remates de movilidades como por la venta de la chatarra resultante de las compactaciones.
Los recursos recaudados podrán utilizarse para:
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Infraestructura pública: Financiamiento de obras sociales, sanitarias, educativas y ambientales en el territorio provincial y en los municipios.
Programas de asistencia: Desarrollo de campañas de educación y concientización ambiental, así como ayuda directa a personas en situación de vulnerabilidad social.
Para velar por la transparencia y el correcto uso del dinero, la normativa obliga al Ministerio de Gobierno a llevar un registro detallado de las operaciones y a presentar una rendición pública de cuentas con periodicidad anual, explicitando de qué manera y en qué proyectos se ejecutaron los fondos obtenidos.
Con esta reforma, la provincia no solo logra una herramienta para sanear el impacto ambiental de los depósitos judiciales, sino que transforma los bienes en desuso en recursos concretos para la comunidad sanjuanina.