El Gobierno nacional resolvió ayer extender hasta el 31 de marzo próximo el congelamiento de los alquileres y la suspensión de los desalojos.

La medida, tomada en los primeros meses de la pandemia y que vencía el próximo 31 de enero, comprende a los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados.

La nueva resolución será publicada en el Boletín Oficial la próxima semana y en ella se establecerá también la extensión de los contratos de locación cuyos vencimientos hayan operado desde el 20 de marzo pasado en adelante.

De este modo, no podrán aplicarse intereses ni otras penalidades previstas en el contrato, tanto para el pago de la diferencia entre la cuota que hubiere debido abonarse según las prescripciones contractuales y la que efectivamente deberá pagarse por la medida, como para el pago de deudas.

La prórroga del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos fue solicitado por distintas asociaciones que nuclean a inquilinos, los que en algunos casos querían que la prórroga vaya más allá de los dos meses fijados ayer por el Gobierno.

La contraparte, que representa a los dueños que está conformada por las cámaras inmobiliarias y los colegios de martilleros, explicitaron su desacuerdo con la medida.

Los contratos de locación de inmuebles alcanzados por el decreto son los destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones en pensiones, hoteles o alojamientos similares; los destinados a actividades culturales y/o comunitarias; los rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.

También están incluidos los alquilados por monotributistas, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; por las Mipymes, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; por las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Inaes; y por los por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.

Los decretos no suspenden el pago de alquileres, sino que aquellos que no pudieran abonarlo acumularán la deuda y se les podrán aplicar intereses compensatorios, pero no intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.

Dietas congeladas

El Poder Legislativo Nacional mantendrá la suspensión de aumento en las dietas de senadores y diputados de la Nación, de acuerdo con una Resolución Conjunta que prorroga por seis meses más la decisión que arrancó en diciembre de 2019 con la Ley de Emergencia Económica.