El asesinato de Jorge Rodrigo Antonio Romero, conocido como “El Mudo”, ocurrido en marzo de 2025 en la Villa Juan XXIII, sigue teniendo consecuencias judiciales. Esta vez, Jonathan Jesús Álvarez Rojo fue condenado por un episodio de disparos ocurrido en junio pasado, en medio de un conflicto que tiene como antecedente aquella muerte y los posteriores enfrentamientos entre personas vinculadas a las familias involucradas.
Álvarez recibió una condena de seis meses de prisión efectiva por amenazas simples, pero la jueza de Garantías Flavia Allende decidió unificarla con otra pena que ya pesaba sobre él. Deberá cumplir, en consecuencia, dos años de prisión efectiva.
La vieja rencilla por el homicidio de “El Mudo” Romero
El origen del conflicto se remonta al 5 de marzo de 2025, cuando Romero fue asesinado de un disparo en el rostro durante una discusión en la esquina de 1 de Julio y Chacabuco.
Por ese crimen fue condenado a 11 años de prisión Eduardo Sixto Carrizo, alias “El Gitano”, quien reconoció haberle disparado a Romero.
Meses después ocurrió otro ataque armado. En esa causa, la Fiscalía sostuvo que Rolando David Romero, hermano de la víctima del homicidio, buscó vengar la muerte de “El Mudo” y facilitó un arma para un ataque ejecutado por Jonathan Álvarez contra integrantes de la familia Maurín, vinculada al autor del crimen.
Uno de los disparos hirió en una pierna a un menor. Romero y Álvarez fueron condenados por abuso de armas.
Nuevos disparos en Villa Juan XXIII
La nueva condena contra Álvarez está relacionada con un hecho ocurrido el 16 de junio de este año, alrededor de las 13:40.
Según la investigación de la UFI Genérica, llevada a cabo por la fiscal Daniela Pringles, una mujer se encontraba dentro de su vivienda junto a su hija de 2 años cuando escuchó detonaciones en la calle.
Al mirar por la ventana, observó a Álvarez con un arma de fuego. De acuerdo con la denuncia, el acusado continuó disparando al advertir su presencia. La mujer se agachó y protegió a la niña hasta que el hombre se retiró.
La víctima tenía conflictos de vieja data con personas vinculadas al entorno familiar del acusado, un dato que volvió a colocar al episodio dentro del contexto de las disputas que persisten en el barrio.
La condena y los dos años de prisión
En la audiencia realizada este jueves, Fiscalía y defensa acordaron resolver la causa mediante un juicio abreviado. Este procedimiento permite dictar una sentencia sin llegar a un juicio oral, siempre que exista un acuerdo y sea aprobado por el juez.
Álvarez fue condenado por amenazas simples, es decir, por una conducta dirigida a intimidar o generar temor en la víctima.
La pena de seis meses fue unificada con una condena anterior de un año y seis meses de prisión efectiva, por lo que deberá cumplir una pena única de dos años de cárcel.
Además, permanecerá en prisión hasta que la sentencia quede firme. La resolución también declaró su reincidencia, una situación que se aplica cuando una persona vuelve a delinquir después de haber recibido condenas previas.
El nuevo fallo vuelve a poner bajo la lupa una disputa que comenzó con un homicidio, derivó en un ataque armado por presunta venganza y ahora sumó otra condena contra uno de los protagonistas de aquellos enfrentamientos.