El juez de Flagrancia Eduardo Raed le aseguró a este medio que es el que debe continuar con la causa denominada Fiesta VIP, en la que 48 jóvenes quedaron en la mira por violar las normas de "autoridades competentes" para impedir la propagación del covid-19 al infringir las restricciones de reuniones masivas. Su postura chocará con la decisión de la Cámara de Casación Penal, que sostuvo que el expediente debe tramitarse en la Justicia Federal. De esa manera, se produce el llamado conflicto de competencia, el cual deberá zanjar la Corte Suprema de Justicia para definir quién sigue con el caso. Así, la renombrada celebración clandestina va camino a la prescripción, opinaron fuentes judiciales, debido a que el plazo máximo de extinción es de dos años y el mes que viene se cumplirá un año del hecho. A eso hay que sumarle el tiempo que se tomará el máximo tribunal judicial del país, el que, en una disputa de competencia parecida en otra provincia, lleva ocho meses y medio sin resolución.

La fiesta tuvo el rótulo de VIP debido a que participaron jóvenes con vínculos familiares con funcionarios políticos, entre otros, los que se movilizaron en 28 vehículos de las más variadas gamas. En la celebración, que se llevó a cabo el 11 de septiembre en una vivienda del Barrio Privado Casa Grande, en Santa Lucía, hasta hubo un DJ que puso música y el encuentro estuvo regado con 19 botellas de cerveza, 10 de vino, 13 de bebidas blancas y siete latas de cerveza. Todo en medio de las restricciones sobre las reuniones sociales, dictadas por Nación y la provincia, para impedir la expansión del coronavirus.

El expediente tuvo un sacudón cuando este diario reveló a principios de mes que Casación Penal resolvió que "las medidas dictadas por la autoridad provincial responden a disposiciones de orden nacional dictadas en el marco de la política pública sanitaria dispuesta durante la pandemia por el Poder Ejecutivo Nacional". Así, determinó que debe tramitarse en la Justicia Federal, a través de la fiscalía a cargo de Francisco Maldonado y el Juzgado Federal Nº2, al mando de Leopoldo Rago Gallo, pese a que estos habían opinado que la causa era de competencia provincial. El expediente llegó a Casación tras un planteo de la abogada de una de las imputadas.

En el inicio de la causa, el juez Raed había sostenido que el caso pertenece al fuero provincial, postura que mantendrá porque señaló que los jóvenes infringieron normas que fueron emanadas por el Ejecutivo provincial para evitar la propagación del covid-19. De esa manera, la Corte Suprema resolverá quién debe continuar con el expediente.

Los jóvenes fueron sometidos al procedimiento de Flagrancia, dado que fueron descubiertos mientras cometían el hecho. Las audiencias comenzaron el 18 de septiembre y un numeroso grupo de abogados pidió que sus defendidos fueran beneficiados con la probation, la realización de tareas comunitarias y el pago simbólico de una suma de dinero para evitar el juicio y una eventual sanción, la cual va de seis meses a dos años de prisión. Los fiscales Iván Grassi y Claudia Salica se opusieron debido a que el fiscal General de la Corte, Eduardo Quattropani, había dispuesto, como política de persecución criminal, no otorgar el régimen para desalentar ese tipo de celebraciones clandestinas. Sin el OK fiscal, el juez no concedió la probation, por lo que los defensores apelaron, pero recibieron un revés del Tribunal de Impugnación. Así, acudieron a la Corte local y, en pleno trámite, salió el fallo de Casación.