El Senado de Argentina dio este año la aprobación final a un proyecto de ley, para legalizar la compra de aceite derivado de la planta de marihuana, para su uso medicinal y autorizar la producción estatal de cannabis para tratamientos terapéuticos e investigación.

La normativa fue impulsada por el oficialismo, ante los reclamos de familiares de niños con epilepsia refractaria y otras patologías, quienes aliviaron varios de sus síntomas tras el uso de aceite de cannabis, el cual debían obtener ilegalmente.

La nueva normativa creó un programa de investigación sobre la marihuana medicinal dependiente del Ministerio de Salud, que garantizó el libre acceso de los productos cannábicos a los pacientes previamente inscritos con ciertas patologías, como epilepsia refractaria, dolores crónicos y fibromialgias. De este modo, el control del cultivo y la distribución quedó en manos y bajo el control exclusivo del Estado, lo cual significó que la nueva ley no permitió el autocultivo. Este sigue siendo ilegal, castigado con una pena de prisión de hasta 15 años, cuando se destinen a fines comerciales y hasta dos años si las autoridades consideran que el cultivo es para uso personal.

Ahora queda que el Estado ponga en marcha la producción de cannabis y proceda a reglamentar la ley para que sea plenamente vigente. Hasta que llegue ese momento, los productos cannábicos se importan de países como Uruguay y Estados Unidos. Intertanto los pacientes con las patologías detalladas en la referenciada ley, necesitan soluciones rápidas para tratar los sufrimientos físicos que los aquejan.

Así Agustín, de 20 años, oriundo de Bahía Blanca,  que sufre parálisis cerebral, retardo en el desarrollo y epilepsia encefalopática, refractaria al tratamiento habitual,logró reducir los episodios epilépticos diarios que eran de 15 a 20 diarios a 1 cada 20 días, con la prescripción de aceite canábico. También evolucionó con la resocialización, el estado de alerta y atención y modificó algunos trastornos de conducta. Dejó de ser agresivo y mejoró su calidad de vida.

El  joven logró a través de un fallo de la Cámara Federal que la obra social le reconozca  el tratamiento con aceite de cannabis que debía importarlo de Estados Unidos a un costo excesivo para la familia,  en medio de gestiones engorrosas y con el riesgo de discontinuar su tratamiento.

Debido a ello solicitó a su obra social OSDE, que se hiciera cargo del tratamiento y cobertura del aceite, siendo rechazado su pedido, al argumentar que no es una sustancia aprobada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (salvo de manera excepcional), que no figura en el Programa Médico Obligatorio y que tampoco se acredita peligro en la demora.

Por tanto la familia presentó un recurso de amparo y el Juzgado Federal N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del doctor Walter López da Silva, quien lo aceptó. La obra social apeló ante la Cámara Federal y el cuerpo de alzada volvió a darle la razón a Agustín, en el marco del expediente "F.A.I. c/OSDE s/amparo de salud".

Se trata del primer fallo de este tipo, teniendo en cuenta que la ley nacional a favor del uso del canabbis medicinal se aprobó en marzo, pero aún no está vigente por falta de reglamentación. La ley 27.350 prevé un programa de importación de aceites de cannabis con fines medicinales, pero como no está operativo, la obra social debe arbitrar los medios para el suministro, siendo “imperativo” salvaguardar la mejoría de Agustín.

“De lo contrario, consagrar el derecho al uso medicinal del cannabis sin la posibilidad de garantirlo, implicaría una suerte de reconocimiento de derechos como meros principios de buena voluntad. Los derechos consagrados constituyen un compromiso de tutela efectiva por parte del Estado que los proclama”, mencionaba el fallo.

En este contexto, la Fiscalía General Federal de Bahía Blanca,  estableció que la ANMAT autorice casi de manera inmediata la compra de aceite a nombre del afiliado de obra social.

Colaboración: Vanesa Débora Mestre / Abogada (Matrícula Provincial 3278- Matrícula Mendoza 6118 – Federal T. 78- F. 316) / Teléf. 2644189975