Una causa de extrema violencia de género y familiar tuvo resolución en San Juan tras una audiencia de control de detención y juicio abreviado. El juez subrogante Alberto Ramón Caballero condenó a L.A.W. a tres años de prisión de ejecución condicional, luego de comprobarse que amenazó de muerte a su expareja, violó medidas judiciales y golpeó brutalmente a uno de sus hijastros, en una escalada de hechos ocurridos principalmente durante diciembre de 2025.

De acuerdo al expediente, la denunciante relató que en la madrugada del 27 de diciembre, mientras dormía, comenzó a escuchar ruidos en el exterior de su vivienda. Al asomarse por la ventana, advirtió que su expareja había saltado la reja del frente e ingresado al domicilio, pese a tener medidas de protección vigentes dictadas días antes por un hecho de lesiones. Desde el exterior, el imputado la amenazó reiteradamente de muerte, con expresiones violentas y ofensivas, generando un profundo estado de temor.

“Te voy a matar culiada, ya vas a ver, te voy a matar, les voy a prender fuego ¿Con quién estás adentro culiando? Te quiero ver, a ver, prendé la luz”, expresó el condenado.

Ante el aviso de que llamaría a la Policía, el agresor se retiró del lugar.

Ese mismo día, horas más tarde, la mujer recibió nuevos mensajes intimidatorios, en los que L.A.W. le manifestó que se había “descargado la bronca” con otra persona. Minutos después, la hermana de la denunciante le informó que el imputado había golpeado salvajemente a su hijo mayor, de 21 años, y le envió un video en el que se lo veía ensangrentado y con visibles lesiones en el rostro.

El joven también denunció el hecho ante CAVIG y declaró que, tras un intercambio de mensajes, L.A.W. lo interceptó en la vía pública y lo atacó a golpes, propinándole piñas en el rostro y el cuello hasta hacerlo caer al suelo. La agresión fue interrumpida por la intervención de vecinos y un amigo. Sin embargo, minutos después, el imputado regresó armado con un cúter, el cual exhibió mientras lanzaba nuevas amenazas de muerte contra él y su familia, para luego retirarse del lugar.

La investigación incorporó además antecedentes de extrema violencia, entre ellos un hecho ocurrido en marzo de 2022, cuando el ahora condenado golpeó, estranguló y amenazó de muerte a su entonces pareja, llegando incluso a provocarle una pérdida de conocimiento. También se tuvo en cuenta otro episodio registrado en diciembre de 2025, en el que persiguió a la víctima por la vía pública, la tiró al piso y la agredió físicamente, hasta que la intervención de terceros lo obligó a huir.

En función de la gravedad de los hechos y la reiteración de conductas violentas, el juez resolvió revocar el beneficio de suspensión del juicio a prueba otorgado anteriormente y condenar a L.A.W. por los delitos de lesiones leves y agravadas por el vínculo y por violencia de género, amenazas simples y agravadas, violación de domicilio, hurto simple y desobediencia judicial, todo en concurso real. La pena impuesta fue de tres años de prisión condicional, más reglas de conducta por el término de dos años, que incluyen la prohibición absoluta de contacto y acercamiento a las víctimas, control del Patronato de Presos y Liberados, abstinencia de alcohol y drogas y la obligación de realizar tratamiento psicológico.

La causa fue impulsada por el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal Alejandra Bazán, con la colaboración de Laura Romero, mientras que la defensa estuvo a cargo del abogado Jorge Bustos. El fallo vuelve a exponer la gravedad de la violencia de género y familiar, especialmente cuando se incumplen medidas judiciales destinadas a proteger a las víctimas.